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miércoles, 15 de mayo de 2013

Tipos de Interés nominal en tarjetas de Crédito

Una misma tarjeta de crédito puede tener varios tipos de interés (T.I.N). Los más comunes son:

Interes en compras.
Interes por traspaso de efectivo a cuenta.
Interes por extraccion de efectivo en cajeros.

Suelen mas elevados los tipos de interes en traspasos y cajeros que el que se aplica en las compras. Aunque tarjetas hay muchas, las hay que todos los tipos de interes aplicados son el mismo, otras en las cuales el interes es diferente para cada parametro.


¿Y a la hora del pago?

Las tarjetas que tienes varios tipos de interes aplican una media ponderada al saldo dispuesto. Por ejemplo:

Compras 200€
Traspasos 150€
Cajeros 300€

Aplicamos a las compras el 1,5% por ejemplo. Nos darian 3 euros de intereses.
Traspasos 1,8%. Nos darian 2,7 euros de interes.
Cajeros 2%. Nos darian 6 euros de interes.

Nota: Todos estos valores son aleatorios.

La suma de los 3 valores nos daria el total de interes que nos cobrarian ese mes por las operaciones realizadas. 11,7€. Para los siguientes pagos se realizaria la media ponderada de los tres.

¿Y como se calcularia? 

Sumariamos el valor total 650 euros de movimientos. Dividimos el total de intereses que nos han cobrado por el valor total. 11,7/650 y lo multiplicamos por 100. Daria 1,8%. Aunque esto esta echo un poco por el "cuento de la abuela". Cuando el interes se aplica desde el momento en que se realiza la compra se hace la media mensual. No es lo mismo hacer la compra el dia 1 que el dia 31. Todos estos valores se tienen en cuenta a la hora de realizar la media ponderada. Y los valores pueden variar mucho. Esto solo es un ejemplo para comprender como se aplican los tipos de interes a nuestros pagos. ¡Cualquier duda no duden en dejar un comentario!

Operativa en cajeros

La operativa de las tarjetas de crédito en cajeros es bastante limitada. Muchos clientes solicitan por ejemplo ver el saldo, pero no obtienen respuesta. ¿Porque? Los cajeros solo muestran información de saldos de las cuentas corrientes, ahorros, etc... Una tarjeta de crédito no es una cuenta corriente en si, es un crédito (aunque tenga movimientos saldos etc...).

En los cajeros solo se pueden realizar dos operaciones con la tarjeta de crédito. Extraer efectivo, y modificar P.I.N. en los cajeros que lo permita.

Para saber saldos y movimientos, bien nos ponemos en contacto con nuestro centro de atención al cliente, sucursal o si tenemos acceso a la banca on-line.

sábado, 11 de mayo de 2013

Un poco de humor... parte 17


Reenvios de recibos a cuenta corriente

Cuando un recibo es devuelto, el banco pone a disposición del cliente varios métodos para regularizar dicho importe, claro está que este pago ya sera con gastos e intereses generados después de la devolución (véase post sobre devoluciones de recibos. 

- El pago se podrá realizar mediante otra tarjeta de Débito. ¿Porque de débito? Existe un pacto de no agresión por así decirlo entre entidades bancarias para que la deuda no circule de una entidad a otra, por eso la mayoría de bancos no permiten hacer el pago con tarjetas de crédito. Aunque muchas veces se puede engañar al operador que nos atienda y realizar el pago con una de crédito, ya que no hay un sistema que a la hora del pago rechace dicho pago o el agente posiblemente haga la vista gorda.

- También existe la opción de realizar el pago mediante un ingreso en una cuenta que el banco o la gestora de cobros nos facilite para regularizar dicho importe.


- Por último esta la posibilidad de el reenvío a cuenta corriente (en caso de que este domiciliada en una cuenta distinta a la de la entidad emisora de la tarjeta). Esta modalidad tiene varios inconvenientes ya que se pueden acumular varios recibos en un mismo pago o que el banco no disponga de ese servicio o no nos de la opción. Cuando un recibo devuelto es enviado de nuevo a cuenta corriente el cliente tiene la posibilidad de devolverlo dentro de un plazo de 20 días hábiles (laborables, sin contar fines de semana ni festivos). Seguramente hasta que no transcurra este periodo la entidad a la cual se le debe el recibo podrá estar reclamando el importe a regularizar aunque el cliente compruebe que en cuenta corriente ya se le ha realizado el cargo.